| Actualizacion y Reforma del Sistema de la Seguridad Social. LEY 27/2011 de 01 de Agosto de 2011 |
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| Martes, 08 Noviembre 2011 17:43 |
Actualizacion y Reforma del Sistema de la Seguridad Social.LEY 27/2011 de 01 de Agosto de 2011El pasado día 1 de agosto fue aprobada por el gobierno la Ley 27/2011, publicada en el BOE de 2 de agosto de 2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. La presente Ley tiene como finalidad llevar al ordenamiento de la Seguridad Social los compromisos recogidos en el Acuerdo social y económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones, suscrito por el Gobierno y los agentes sociales el 2 de febrero de 2011, así como incorporar algunas de las recomendaciones reflejadas en la nueva reformulación del Pacto de Toledo.
Esta reforma del sistema de la Seguridad Social viene motivada por importantes factores sociológicos y económicos, y en la que entre otras cuestiones de interés, destacamos el retraso de la edad de jubilación ordinaria a los 67 años, y la ampliación del periodo de cálculo de la pensión de jubilación, que pasa de los 15, a los 25 años, previos a la jubilación
Pese a la publicación de dicha ley en el mes de agosto de 2011, la misma no entrará en vigor hasta el próximo 1 de enero de 2013, salvo excepciones, y no surtirá la plenitud de sus efectos hasta el próximo 1 de enero de 2027, fecha en la que ya será efectiva la jubilación ordinaria a los 67 años, y el periodo de cálculo de la pensión de jubilación corresponderá a los 25 años previos al acceso a dicha situación. Cabe destacar por tanto, que las condiciones de acceso a la pensión de jubilación se mantienen invariables para todos aquellos que accedan a la misma con anterioridad al 1/01/2013, y para los que accedan a partir de dicha fecha, se establece un periodo transitorio en el que se incrementa gradualmente la edad de jubilación, y el periodo de cálculo de la pensión, completándose dicho periodo el 01/01/2027.
Al margen de las modificaciones introducidas en materia de pensión de jubilación mencionadas anteriormente, también se modifican otras, como la pensión de viudedad y orfandad, pensiones de Incapacidad permanente, cuestiones en materia de cotización a la Seguridad Social, etc….
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